La Justicia confirmó la responsabilidad penal de Ángel Félix Oviedo por el homicidio culposo agravado de Ariel Fernando Ziella, quien murió el 21 de septiembre de 2020 en un siniestro vial ocurrido sobre la ruta provincial 55. La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Mar del Plata rechazó por unanimidad el recurso presentado por la defensa del camionero.
La resolución fue notificada este lunes y constituye un nuevo avance en una causa que pasó por distintas etapas judiciales, entre ellas un sobreseimiento, un juicio oral en el que Oviedo fue absuelto y posteriores apelaciones. Por el momento, la pena no fue fijada y la decisión todavía no implica que la condena se encuentre firme.
El hecho ocurrió cuando Oviedo conducía un camión con acoplado por la ruta 55 y disminuyó considerablemente la velocidad para girar hacia la izquierda e ingresar al establecimiento McCain. En ese momento, Ziella circulaba detrás en una camioneta y, al acercarse al transporte, intentó realizar una maniobra evasiva. Perdió el control del vehículo e impactó contra una estructura de cemento. Las heridas sufridas le provocaron la muerte.
La causa tuvo un prolongado recorrido en los tribunales. Inicialmente, el Juzgado de Garantías dispuso el sobreseimiento de Oviedo, medida que luego fue ratificada por la Cámara. Sin embargo, la parte damnificada recurrió al Tribunal de Casación Penal bonaerense, que revocó esa decisión y ordenó que el caso fuera llevado a juicio oral.
El debate se realizó ante el Juzgado en lo Correccional N.º 1 de Mar del Plata. El 23 de abril de 2025, la jueza Inés Haydée Olmedo absolvió al camionero. La representación de la familia de la víctima apeló el fallo y, el 17 de octubre de ese mismo año, la Sala II de la Cámara revocó la absolución y declaró la responsabilidad penal de Oviedo.
Posteriormente, la defensa presentó otro recurso, lo que dio lugar a una nueva revisión de la decisión judicial por parte de una sala diferente, con el objetivo de garantizar el derecho del imputado a que el fallo fuera revisado. Finalmente, los jueces Leandro Favaro y Gastón de Marco, integrantes de la Sala I, rechazaron los argumentos defensivos y ratificaron la responsabilidad penal del acusado.
Entre los fundamentos de la resolución, los magistrados consideraron que Oviedo generó una situación de peligro al reducir considerablemente la velocidad sobre la calzada y prepararse para girar sin tomar las precauciones necesarias respecto de los vehículos que circulaban detrás.
Además, remarcaron que su condición de conductor profesional exigía una mayor diligencia para evitar situaciones de riesgo. Según los jueces, si las condiciones del tránsito no permitían efectuar el giro de forma segura, debía esperar el momento adecuado o continuar su recorrido.
Otro aspecto analizado fue la velocidad a la que circulaba Ziella. Una pericia oficial calculó que se desplazaba a unos 145,47 kilómetros por hora, mientras que un perito presentado por una de las partes estimó que la velocidad no era inferior a 78,2 kilómetros por hora. Debido a la diferencia entre ambos cálculos, la Cámara sostuvo que no existían elementos suficientes para tener por acreditada con certeza la velocidad más elevada.
Sin embargo, los magistrados señalaron que una posible imprudencia de la víctima no eximía al conductor del camión de su responsabilidad. En ese sentido, consideraron que la maniobra evasiva y la posterior pérdida de control de la camioneta podían preverse como consecuencias del riesgo generado por la maniobra del transporte.
En el expediente interviene como particular damnificada Marilina Pereyra, representada por el abogado Fernando Maximiliano Orsini, cuya actuación impulsó las distintas apelaciones que permitieron que el caso continuara siendo analizado por la Justicia.
Con esta resolución, la Cámara confirmó, en esta instancia de revisión, la responsabilidad penal de Oviedo por el delito de homicidio culposo agravado, previsto en el artículo 84 bis, primer párrafo, del Código Penal. La determinación de la pena y la firmeza de la condena aún quedan pendientes.